Servicio al asociado

Cómo Asociarse

Es necesario que su empresa pertenezca al sector de reparaciones navales. Para ello se exigirán unos requisitos mínimos específicos indicados en los artículos de los estatutos que se relacionan a continuación. Si cumple estos requisitos y desea asociarse, no dude en ponerse en contacto con nosotros:

Art.8.

1. Tendrán derecho a pertenecer a la Asociación los empresarios, sea persona natural o jurídica, que en la provincia de Las Palmas desarrollen la actividad definida en el artículo 2º de estos Estatutos, y que libre y voluntariamente deseen formar parte de la misma, con la sola condición de observar los presentes Estatutos, Reglamentos y Acuerdos válidamente adoptados por los órganos de Gobierno de la Asociación.

2. Con iguales observancias, podrán asimismo pertenecer a la Asociación aquellas Asociaciones de Empresarios de menor ámbito de actividad p territorial que se constituyan en la provincia de Las Palmas, a los mismos fines de representación, defensa, gestión y fomento de los intereses profesionales comunes que representa la Asociación

Art.9.

1. Los empresarios y Asociaciones a que se refiere el artículo anterior que deseen pertenecer a la Asociación lo solicitarán por escrito presentado en la Secretaría y dirigido a la Junta Directiva acompañado de la documentación que reglamentariamente se determine que pruebe su existencia legal y actividad.

2. La Junta Directiva, comprobada la validez y suficiencia de la documentación presentada, acordará la inscripción como miembro de pleno derecho de la Asociación en la primera reunión que celebre. Para la debida constancia y garantía de los asociados, se llevará un libro de registro de socios. Contra la resolución negativa de inscripción de la Junta Directiva, podrá el peticionario recurrir en el plazo de 15 días hábiles en reposición ante el mismo, el cual deberá pronunciarse en igual plazo. Transcurriendo sin más este último periodo se entenderá estimado el recurso. Contra la resolución negativa, de inscripción o la desestimación del recurso de reposición, podrá acudirse en alzada ante la Asamblea General en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la notificación, la cual habrá de pronunciarse dentro de los dos meses siguientes, transcurridos los cuales sin acuerdo expresamente denegatorio se entenderá estimado el recurso.

Si se cumplen estos requisitos y desea asociarse, no dude en ponerse en contacto con nosotros en el teléfono 928 29 61 61 o a través del fax 928 23 45 67 para que un comercial le haga una visita.

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